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Algo mío



lunes, 10 de febrero de 2014

¿Pero alguién lo duda?

LA IMPUTACIÓN DE LA INFANTA. CUANDO EL NOMBRE SÍ IMPORTA

Estamos asistiendo al hecho insólito de la imputación de un miembro de la Casa Real y heredero a la sucesión en la Corona. Ayer la vimos desfilar hacia el Juzgado y dar su versión de los hechos, rodeada de abogados, del fiscal, el juez y el personal del juzgado. Y uno no puede dejar de preguntarse ¿puede un miembro de una Casa Real tener un juicio justo?

Pocas dudas caben de que, si Cristina no hubiera sido Doña, hace tiempo que habría sido llamada a declarar como imputada. Entre otras cosas porque, a pesar de lo que supone el entendimiento popular, la imputación no significa absolutamente nada. La imputación es un derecho, una conquista del moderno proceso penal acusatorio frente al proceso inquisitivo del antiguo régimen. En el antiguo proceso inquisitivo, el investigado era objeto del proceso penal y no sujeto del mismo. Como objeto se le investigaba sin que tuviera conocimiento de ello y se le podía obligar a confesar por cualquier medio (incluso la tortura). Por supuesto, no tenía derecho de defensa. Exagerando, tenía el derecho a confesarse culpable. Punto. El mismo instructor que investigaba y arrancaba la confesión era el que sentenciaba. Todo muy rápido, todo muy limpio.

Una de las conquistas del moderno proceso penal es que desde que alguien te considera autor de un delito, tú tienes derecho a defenderte. Es decir, a conocer los términos exactos de lo que te imputan, a dar tu versión de los hechos y a comparecer defendido por un abogado. Hasta hace bien poco, en España se discutía acerca del momento en que una persona sobre la que recayera la sospecha de haber cometido un delito tenía derecho a que la asistiera un abogado. Ese momento se retrasaba al procesamiento, cuando el juez instructor, después de haber practicado una buena parte de la investigación a espaldas del presunto autor, decidía que había suficiente material para actuar contra una persona concreta. Tras las reformas legales que trajo la Constitución de 1978, el momento en que se hacen valer todos los derechos del sospechoso se adelantó al inicio de la investigación, es decir, a la imputación. ¿Qué quiere decir la imputación? Simplemente que alguien afirma que has cometido un delito o falta y que a partir de entonces tienes varios derechos básicos: a la defensa de un abogado, a enterarte de lo que se investiga y a no confesarte culpable. Este último derecho supone que, como estrategia procesal, el imputado puede callarse o no decir la verdad, sin que estas conductas puedan suponerle perjuicio alguno. A diferencia del imputado, el testigo no tiene estos derechos y, por tanto, comete un delito si no dice la verdad.

Si habéis leído hasta aquí, ya sabréis que la imputación es solo una garantía que nace en cuanto surge la sospecha, fundada o no, de que alguien ha cometido un delito. Cuando imputa, el juez no valora indicios de criminalidad derivados de su investigación, sino únicamente la apariencia que resulta de los hechos relatados por un particular en la denuncia o querella presentada contra la persona.
En la práctica, una vez que alguien presenta una denuncia o querella contra otro, la primera diligencia que se practica es la del interrogatorio de la persona querellada o denunciada. A este interrogatorio acude como imputada, precisamente para gozar de las garantías de las que no dispondría si acudiera como testigo.

Sin embargo, resulta obvio decir que a nadie le gusta que le imputen y que el palabro tiene una carga social negativa, en ciertos casos casi equivalente a la condena. Si le imputan, algo habrá hecho. O no. Pero es igual, todos intuitivamente entendemos lo que quiere decir imputado, así que, que no  vengan los abogados a decirnos que es algo distinto de lo que todos entendemos.

En Francia, que son mucho más finos que nosotros, no hablan de imputación, sino del derecho a declarar con abogado. En la práctica significa lo mismo, pero no suena igual ¿verdad?

Volviendo a la Infanta, si no hubiera sido tal, desde el momento en que el coimputado Torres hubiera vertido la sospecha de su intervención en los hechos investigados, hubiera sido llamada a declarar como imputada.

Pero claro, con esa mancha social que supone la imputación, a nadie se le escapa que resulta bien difícil citar a alguien de la Casa Real sin atarse bien los machos. Retrasar la llamada a declarar de la Infanta no ha hecho sino aumentar la percepción social de que la justicia es diferente. Y ciertamente en este caso lo ha sido, aunque hasta ahora solo en los tiempos. La percepción social de la gravedad de imputar a un miembro de la Casa Real ha hecho que el Juez haya dictado algo más que un auto de imputación. Lo normal es que la citación a declarar como imputado se haga en un par de folios, frente a los 200 que se han escrito para imputar a la Infanta. Esta motivación es más propia de una fase posterior del proceso: la importante decisión sobre si hay suficiente material probatorio para acusar, es decir, para abrir juicio oral contra alguien.

El retraso en la imputación de la Infanta y la singular motivación, retransmitida mediáticamente, han alimentado el veredicto popular. La sentencia ya está puesta. El pueblo soberano ha fallado. Aunque lógicamente nadie (o muy poca gente) haya leído (y entendido) el informe de la Agencia Tributaria, las alegaciones de la fiscalía y la abogacía del Estado o el auto del juez instructor.

Por cierto, la discrepancia entre el instructor y la Agencia Tributaria es muy técnica y consiste en si se pueden considerar deducibles o no determinadas facturas o si el rendimiento final debe imputarse a la sociedad y tributar por el Impuesto sobre Sociedades o a las personas de los socios y tributar por el IRPF. Dependiendo de cuál sea la respuesta a estas cuestiones, la cuantía de lo defraudado a Hacienda superaría el límite de los 120.000 euros de cuota en que se fija el delito fiscal o no lo rebasaría y se quedaría en simple infracción administrativa.

En cualquier caso, ¿y ahora qué? Si estuviéramos ante un caso normal, la mujer del administrador de la sociedad defraudadora iría a declarar como imputada a las primeras de cambio y luego el proceso posiblemente se dirigiría contra su marido (esto no ha ocurrido con la mujer de Torres, que sigue imputada, sencillamente porque el Juez la considera responsable del área jurídica y fiscal del Instituto Nóos y por haber sacado 282.000 euros en metálico de cuentas en Suiza).

Pero obviamente no estamos ante un caso normal. Va a ser muy difícil que solo se valoren los hechos y el derecho. El juez y las partes están sometidas a una monumental presión mediática y social. El pueblo, azuzado por la prensa, clama justicia, pero realmente pide guillotina. No me gustan las condenas por ejemplaridad, me seduce más la búsqueda de la justicia. El que juzga y condena para sentar un ejemplo, se suele olvidar de los hechos del caso que está juzgando y pone su mirada en el aplauso popular.

Con lo que se ha dejado engordar este asunto y tal y como están las cosas, si la Infanta termina siendo acusada y condenada parecerá que se ha hecho justicia. Y si no resulta condenada, será porque han funcionado las turbias presiones que amordazan a la justicia popular.

Para garantizar que la justicia pueda aguantar, sin que se rompan sus costuras, un proceso de este tipo, haría falta un poder judicial fuerte y verdaderamente independiente que realmente pudiera amparar a los jueces en sus funciones, también serían precisas reformas que reforzaran la figura del juez, de modo que se sentaran las bases para contar con jueces independientes y eficaces. Realmente los mejores de cada casa y a la altura de la función que desempeñan. Pero es que incluso en esas condiciones (lejanas a las que tenemos), en cualquier país resulta casi una quimera que un proceso como el que hablamos se desenvuelva con normalidad. Las presiones sociales y de los poderes establecidos a que se somete a quienes tienen que aplicar el derecho son de tal calibre (que cada uno de nosotros haga la reflexión de cómo aguantaría la presión de salir cada día en los medios) que, al final, la cuestión va a depender de la actitud y la integridad de cada uno. Me temo que para sacar adelante con dignidad procesos de este tipo van a hacer falta un buen número de héroes.

No me importa que se condene o se absuelva a la Infanta. Lo que proceda. Lo que me inquieta es esa sensación de que se valoran cosas distintas a los hechos, las acciones y el derecho.
Fuente: otraspoliticas.com
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NO SOMOS IGUALES, NUNCA LO HEMOS SIDO Y MIENTRAS CONTINUEMOS COMO VAMOS, NUNCA LO SEREMOS. 
LAS LEYES PROTEGEN  A UNOS POCOS Y A LA MAYORÍA NOS DAN POR... 
CON TODOS MIS RESPETOS AL AUTOR DEL ARTÍCULO, ,ESTE TEMA DE SI SOMOS O NO SOMOS,CREO QUE QUEDA YA MUY DESFASADO EN EL TIEMPO.

* Palabras al Aire

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