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viernes, 11 de julio de 2014

El Gobierno presume de haber suavizado una ‘ley mordaza’ que indigna desde los abogados a Greenpeace

El Gobierno presume de haber suavizado una ‘ley mordaza’ que indigna desde los abogados a Greenpeace

  • Tras siete meses desde que se aprobó el anteproyecto de la Ley de Seguridad Ciudadana, el proyecto es remitido al Congreso de los Diputados
  • Greenpeace recibe la iniciativa con una protesta pacífica y el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) no descarta promover un recurso de inconstitucionalidad


No gustaba ni en el Ejecutivo, que veía un texto demasiado "policial" ni en los órganos consultivos ni en un importante número de colectivos sociales. Siete meses después de que el anteproyecto viese la luz, este viernes fue aprobado el proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana en el Consejo de Ministros. El Gobierno insiste en que se han escuchado las críticas. Y recurre precisamente a esos siete meses que se ha tardado en dar una versión definitiva al texto como muestra de su voluntad de diálogo y de incorporar el mayor número de observaciones posibles. Pero ya hay convocadas protestas en toda España para la tarde de este viernes. Y la tramitación parlamentaria, prevista para la vuelta del verano, también se prevé llena obstáculos.

viernes, 13 de junio de 2014

Nuevamente se olvida a los más necesitados, parece que no existieran: Los deshauciados

La reforma fiscal se olvida de los desahuciados que deben pagar impuestos tras perder su casa


Hacienda no prevé resolver la penosa situación causada por los impuestos que diversas administraciones exigen a familias y particulares aún después de haber perdido su vivienda en una ejecución hipotecaria o una dación en pago.

La plusvalía municipal, el IRPF, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y en ocasiones el IBI, empujan aún más al abismo a las personas que han perdido su casa
Algunos ayuntamientos están haciendo una exención para estos impuestos pero la Ley es estatal
Deshaucio en Málaga
La “equitativa y proporcional” reforma fiscal que anunció el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, y que el Gobierno tiene previsto desvelar la próxima semana no resolverá uno de los aspectos más desproporcionados que sobreviven en el actual marco tributario: el pago de impuestos que la Administración exige a posteriori a las familias e individuos que han perdido su vivienda como consecuencia de un proceso de ejecución hipotecaria o de una dación en pago.

Según la actual normativa, la evidente situación de insolvencia que fuerza a un particular a entregar su vivienda de residencia al banco no le exime de hacer frente a las obligaciones fiscales que se derivan de las plusvalías que puedan existir en la operación. Surgen de la diferencia entre el valor al que se compró la casa y el precio al que se transmite la operación.

“La legislación española es tan perversa que no distingue ninguna situación y, aunque hayamos perdido el piso por un estado de quiebra económica, la Administración puede reclamar como mínimo el pago de dos impuestos”, recalca la Plataforma de Afectados por la Hipoteca en su página web. Son el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como Plusvalía Municipal, y el Impuesto sobre la Renta (IRPF).

El primero, de competencia municipal, grava el eventual incremento de valor experimentado por el inmueble entre el momento de su adquisición y el momento de su venta. La fórmula para estimar la factura fiscal es compleja y varía según el municipio, pero viene a suponer entre el 1% y el 3% del valor catastral del suelo sobre el que se asienta la vivienda por año de permanencia. Si la vivienda se adquirió en 2004 y el terreno en cuestión se ha revalorizado en estos diez años en 30.000 euros, la cuota a pagar oscilaría entre los 3.000 y los 9.000 euros, resultado de aplicar un tipo del 10% o del 30%.

Pago exigido en 30 días

La fiscalidad en este impuesto es particularmente dañina para las personas o familias víctimas de un desahucio. En primer lugar, porque no se pueden beneficiar de la exención que libera de tributación por este impuesto cuando la ganancia obtenida se destine a la adquisición de otra primera vivienda en los tres años posteriores a la operación.

En segundo lugar, porque los ayuntamientos exigen su pago en los 30 días posteriores a la transmisión del inmueble, lo que deja al antiguo propietario muy poco margen de recuperación financiera y, por tanto, muy expuesto a un potencial embargo de sus bienes por impago del tributo y a las correspondientes sanciones, que lo único que harían sería elevar su deuda con el Fisco.

Después será la Agencia Tributaria la que exija su parte. Las ganancias patrimoniales ( el valor de la transmisión menos el valor de la adquisición actualizado mediante un coeficiente) que se pongan de manifiesto en la operación, aunque terminen en manos del banco, deben declararse en Renta y tributarán a un tipo impositivo del 21%.

Pero el castigo fiscal puede no terminar aquí. Como denuncia la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, la entrega de la vivienda puede dar todavía lugar al pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales e incluso puede verse obligado a hacer frente al recibo del IBI o los gastos de la comunidad después de haber perdido la vivienda a poco que la entidad se demore un tiempo en inscribir su nuevo activo en los registros.

Esperando una solución

Pese a la dramática situación a la que esta distorsión condena a miles de familias, el asunto ni siquiera aparece mencionado en el extensísimo documento de propuestas de 460 páginas planteado por la Comisión Lagares. Según fuentes del área económica del Gobierno, tampoco formará parte de la reforma que propondrá el Ejecutivo, al menos en la primera fase de la misma, la que se activará a más corto plazo.

La decisión llama la atención porque el Ejecutivo sí se ha mostrado más sensible a la hora de aliviar o incluso eliminar las cargas fiscales que agravaban la situación de las empresas en concurso de acreedores.

También es llamativo porque desde hace más de un año el Ministerio de Hacienda cuenta con un diagnóstico técnico de su think tank, el Instituto de Estudios Fiscales, que concluía: “Hay que liberar de las cargas fiscales por plusvalías a los desahuciados y a los que han dacionado su vivienda”. En la mayoría de los casos, “nos hallamos ante economías domésticas en situación de desempleo, en los que a la falta de ingresos y a la pérdida de la vivienda se va a sumar una deuda con el Fisco por una ganancia patrimonial por la que no se ha producido ningún ingreso”.

La única reacción del Gobierno ante esta situación se ha limitado, hasta ahora, al Real Decreto de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, que declaró la exención de cargas fiscales en estos casos… pero únicamente para las daciones en pago que se realizasen dentro del marco que definía los ‘deudores hipotecarios sin recursos’. 

El problema es que propio Real Decreto restringe en extremo esa posibilidad, ya que sólo la contempla como último recurso y, además, limita el universo de potenciales beneficiarios hasta el extremo.

La prueba de ello es que según los últimos datos oficiales proporcionados por el Ministerio de Economía desde la puesta en marcha de este decreto se han producido 1.006 daciones en pago bajo estos requisitos, mientras que en el mismo periodo el Banco de España ha identificado nada menos que 13.178 daciones en pago. Es decir, que el 92% de las mismas no se habrían beneficiado de la exención. Por no decir que este alivio fiscal ni siquiera es una opción para las ejecuciones hipotecarias, que constituyen más del 60% de las entregas totales de vivienda.

Un problema para miles de familias

El año pasado 38.961 hogares españoles –familias o individuos- se vieron obligados a abandonar su vivienda de residencia y a entregársela al banco que les había financiado la hipoteca ante la imposibilidad manifiesta de hacer frente al pago de las mensualidades pactadas. En el mejor de los casos, la entrega de la vivienda al banco sirvió a los antiguos propietarios para saldar la deuda pendiente que mantenían con el mismo.

Este parece no ser el caso más habitual, a juzgar por lo que dicen no sólo la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) sino también los despachos de abogados especializados en asesorar a familias amenazadas de desahucio, como El Negociador Bancario. El caso es que aún en ese supuesto optimista el hecho de haber saldado la deuda con el banco no significa que uno se pueda olvidar ya de su fallida aventura inmobiliaria. Hacienda acecha.

Posibles soluciones

El caso es que se han puesto soluciones encima de la mesa. Algunos ayuntamientos como los de Barcelona, Sant Feliu de Llobregat, Torrejón o Logroño, según una lista realizada por la PAH, han aprovechado sus competencias sobre la Plusvalía Municipal para declarar la exención total del pago del impuesto a las personas afectadas por ejecuciones hipotecarias o daciones en pago.

Otros ayuntamientos, limitados en su margen de maniobra fiscal por los controles presupuestarios del Ministerio de Hacienda, han optado por aprobar subvenciones para aliviar el coste derivado de la factura fiscal a los afectados por hipotecas. Una vía que desde algún ámbito del municipalismo ya se ha tachado de ilegal.

Para Consuelo Fuster, profesora del Departamento de Derecho Financiero de la Universidad de Valencia y autora del informe sobre el particular para el Instituto de Estudios Fiscales, la solución es más directa y pasaría por declarar la exención total de impuestos tanto municipales como estatales para las personas que hayan perdido su vivienda como consecuencia de una ejecución hipotecaria o una dación en pago.
Fuente: eldiario.es


http://wiki.15m.cc/wiki/Lista_de_suicidios_relacionados_con_la_crisis
http://wiki.15m.cc/wiki/Lista_de_suicidios_relacionados_con_desahucios


“Una cosa no es justa por el hecho de ser ley.
  Debe ser ley porque es justa”

miércoles, 11 de junio de 2014

El Parlamento Canarios aprueba la 'ley antidesahucios', con el voto en contra del PP

NC afirma que la eficacia de la nueva ley de vivienda para frenar  los desahucios es “casi nula”
 
ImageEl Parlamento de Canarias ha aprobado este miércoles la 'ley antidesahucios', a partir de la modificación de la Ley Canaria de Vivienda de 2003, con los votos a favor de CC y PSOE, la abstención del Grupo Mixto y el rechazo del PP.  La ley comprende, entre otras cosas, la expropiación temporal de viviendas a entidades financieras y la creación de un registro de viviendas vacías del Gobierno, bancos y promotores.

Además, la ley fortalece la figura de la mediación con las entidades bancarias para evitar los desahucios a través del alquiler social, paso previo a que finalmente el Ejecutivo expropie una vivienda por un plazo máximo de tres años.
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NC afirma que la eficacia de la nueva ley de vivienda para frenar  los desahucios es “casi nula”

Los diputados de Nueva Canarias (NC) Román Rodríguez y Carmen Hernández se han abstenido hoy en la votación final de la reforma gubernamental de la ley de vivienda. Como portavoz parlamentario y ponente en el proyecto de ley de modificación de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias y de Medidas para Garantizar el Derecho a la Vivienda, Román Rodríguez denunció la ausencia de medidas realmente efectivas para frenar los desahucios hipotecarios y por impago del alquiler. 

Román Rodríguez defendió sus enmiendas pero, a pesar de que los grupos de CC y el PSOE aceptaron incluir algunas propuestas alternativas, los grupos que sostienen al Gobierno de Canarias rechazaron las dos iniciativas “más relevantes” de NC para hacer frente a los desahucios. 

La primera consistía en el establecimiento de un programa de mediación entre las partes afectadas (banqueros y dueños de pisos, hipotecados e inquilinos) por las ejecuciones hipotecarias y por el impago del alquiler. La segunda proponía la creación de un fondo de ayudas económicas de emergencia para que los implicados puedan permanecer en sus hogares, como mínimo, por un periodo de 12 meses prorrogables.

“Los pueblos que olvidan su historia están condenados a repetirla"

“Los pueblos que olvidan su historia están condenados a repetirla"
(tomada de Cicerón). Nicolás Avellaneda
¿Y porqué no puede existir un mundo en PAZ?

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Nos falta tener más unión, más amor,
recuperar esa humanidad que hemos perdido,
y sobre todo mucha más humildad!!
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El mundo no cambia porque haya llegado la primavera...

El mundo no cambia porque haya llegado la primavera...
...pero quizás el buen tiempo nos de más fuerza para luchar por ello. Por eso la primavera aparece siempre como un sinónimo de vida y del renacer.

Libres!!

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